El voto será el muro para evitar violación de la Constitución
TSJ NO RESPONDIÓ A RECURSO DE SÚMATE PARA SUSPENDER REFERENDO DE ENMIENDA

Caracas, 13 de febrero de 2009
NPS 267


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El Tribunal Supremo de Justicia no respondió al Recurso presentado por Súmate para suspender el Referendo Constitucional por la falta de control del Consejo Nacional Electoral sobre el proyecto de enmienda para la Reelección Indefinida, ya que como poder independiente y autónomo del Estado debió pronunciarse sobre la inconstitucionalidad e ilegalidad del mismo. Con este recurso, Súmate también había solicitado a la Sala Electoral del máximo tribunal dictar una medida cautelar que aplazara los efectos de las resoluciones del CNE, especialmente la convocatoria a referendo de la enmienda constitucional, hasta que los magistrados se pronunciaran sobre el fondo del recurso.  

Esta organización introdujo ante la Sala Electoral del TSJ un recurso contencioso-electoral en contra de las resoluciones dictadas por el CNE que tuvieron como finalidad la convocatoria del referendo y normar el proceso comicial del proyecto de enmienda constitucional sancionado el pasado 14 de enero por la Asamblea Nacional, ya que las mismas violaron derechos fundamentales de los ciudadanos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución de la República y la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (LOSPP).  

Enmienda impediría a los venezolanos acceder en igualdad de condiciones
Para Súmate el Proyecto de Enmienda Constitucional para la Reelección Indefinida violenta el artículo 21, numeral 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, al impedir a los venezolanos a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas del país, ya que esta propuesta de enmienda elimina la garantía constitucional de limitar el número de veces que un funcionario puede reelegirse en el cargo, fomentado la perpetuidad en el poder y violando el derecho humano de acceso al cargo en condiciones de igualdad; y también el artículo 193 de esta misma ley que prohíbe replantear a referendo una materia que ya fue rechazada, durante el período de 2 años luego de su rechazo.  

Convocatoria a Referendo violó lapsos mínimos para organización de consultas
En otros alegatos contenidos en este recurso, esta asociación ciudadana planteó que es inconstitucional e ilegal el lapso extremadamente corto de 30 días para la realización del referendo, el cual se evidencia, por ejemplo, en el cierre sin anuncio y apresuradamente del Registro Electoral el pasado 11 de diciembre, lo cual violentó los derechos políticos de la población joven venezolana que está impedida a ejercer el voto. Al mismo tiempo, exigió a la Sala Electoral que se aplicase el artículo 184 de la LOSPP, que obliga al CNE revisar la legalidad del proyecto dentro de los 30 días posteriores a la recepción del proyecto, y en el caso de cumplir los requisitos legales, podría convocar a referendo en un lapso comprendido entre los 60 y 90 días posteriores a su formal recepción por parte del CNE. 

También demandó la nulidad de todas las resoluciones dictadas por el CNE para regular el referendo de la enmienda para la Reelección Indefinida, ya que violenta el artículo 267 de la LOSPP al no cumplir con el lapso mínimo dictado por la ley para la publicación de la normativa de este proceso, lo cual impidió a los venezolanos conocer con suficiente antelación la normativa que regirá el referendo. Agregó que parte de la normativa publicada  es ineficaz, debido a que regula eventos cuyo lapsos ya habían expirado para el momento de difusión, creando indefensión al ciudadano.  

Pregunta del Referendo no refleja lo que se pretende modificar de la Constitución
Además, en este recurso Súmate impugnó la pregunta que será formulada a los ciudadanos en el referendo, por considerar que la misma es violatoria del artículo 182 de la LOSPP, al ser oscura, poco exacta y no reflejar en forma clara y precisa los términos en que se pretende modificar a la Constitución, ya que debió expresar claramente la voluntad de eliminar la garantía constitucional de restringir la reelección a “una única e inmediata”. 

Es necesario votar para rechazar esta propuesta de enmienda
Como el referendo se llevará a cabo este 15 de febrero, Súmate exhorta a todos los electores a votar sin miedo, ya que el voto es secreto, y convertir el ejercicio de este derecho en el muro de contención para evitar la posible violación de la Constitución que está detrás de esta propuesta de enmienda para la Reelección Indefinida.

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