PROCESOS
Primarias con garantías
Las
Primarias de la Unidad Democrática estarán sujetas a los principios de
transparencia, imparcialidad, confiabilidad, presunción de la buena fe,
eficiencia, celeridad, igualdad y publicidad de los actos (Art. 13.d y
14).
-
Se garantiza la invitación a personalidades y organizaciones,
nacionales o extranjeras, como observadores de los procesos de
elecciones primarias (Art. 23.f)
-
Se debe fijar, al menos seis meses antes de la celebración de las
Primarias, el cronograma correspondiente, así como los lapsos de
postulaciones de candidatos, el período de aceptación, y el lapso
para la campaña electoral (Art. 23.g)
-
El Reglamento de Primarias contempla incluso la ejecución de los
esperados debates entre candidatos: La CEP dictará normas para
regular y promover la participación de candidatos en foros públicos
junto con otros candidatos (Art. 50.d).
Oportunidades para la CEP
√
Votación Múltiple: Públicamente se ha divulgado los beneficios de la
Votación Múltiple como solución técnica a dilemas políticos que deben
ser abordados adecuadamente, aprovechando las múltiples ventajas de las
Primarias como mecanismo de consulta democrática. En la MUD no llegó a
discutirse la factibilidad de aplicar la votación múltiple y, por lo
tanto, no fue incluida ni descartada en el Reglamento aprobado. La CEP
podrá considerar la posibilidad de incluirla, cuando establezca los
procedimientos de votación, escrutinio y verificación ciudadana (Art.
64).
√
Contingencia de elecciones manuales: Aunque el Reglamento indica que
la votación será automatizada, plantea que - de no ser posible- se
mantendrá la fecha y se realizarán de forma manual (Art. 52.b). En el
desarrollo de las reglamentaciones complementarias requeridas, según
este artículo, la CEP debe dictar normas orientadas al desarrollo de
procesos paralelos que garanticen la aplicación de esta contingencia,
así como la posibilidad no sólo de mantener la fecha prevista para las
elecciones, sino incluso de poder adelantarlas, de ser necesario.
√
Consejo de Garantes: El Reglamento le otorga a la CEP la facultad de
vigilar el correcto desarrollo de las campañas electorales; exigir a los
candidatos mantener una conducta apegada a la competencia leal y
democrática; aplicar las sanciones correspondientes en caso de violación
de las normas de campaña; y finalmente, conocer, procesar y decidir
sobre las impugnaciones presentadas ante las Juntas Regionales (Art.
23.q, 23.r y 23.y). La experiencia de Súmate ha permitido recomendar que
estas funciones se le asignen a un Consejo de Garantes. Dada la elevada
estatura de los miembros designados para integrar la CEP, que en sí
mismos podrían constituir una instancia de esta índole, deberá evaluar
el mecanismo adecuado, bien a través de la figura de comisiones asesoras
(Art. 23.b) o a través de algún otro mecanismo de delegación, para
desarrollar esta importante y demandante labor de vigilancia y
arbitraje, dadas las múltiples actividades técnicas y operativas que son
responsabilidad de la CEP.
√
Comisión de Enlace con Pre-Candidatos: En el marco de la necesidad
que tendrá la CEP de definir sus normas de funcionamiento (Art. 23.a),
Súmate advierte acerca de la conveniencia de establecer una Comisión de
Enlace con PreCandidatos a nivel nacional y local en las Juntas
Regionales, ya que esta es una instancia necesaria que debe garantizar
la comunicación entre la CEP y los representantes de múltiples
Candidatos y/o Organizaciones políticas, dando así un marco normativo a
dicha interacción, con la finalidad de que ésta no interfiera con las
actividades técnicas y operativas de la CEP y las Juntas Regionales.
Tres cambios sustanciales al SAV
El
Directorio del CNE aprobó el 12 de mayo tres grandes modificaciones al
Sistema Automatizado de Votación (SAV), cada una independiente de
la otra, a saber:
1) en
las boletas electorales se eliminarían los óvalos y los votos se
emitirían directamente sobre las tarjetas de los partidos, que se
visualizarían más grandes, para facilitarle a los votantes la selección
del voto;
2)
las máquinas se programarían a través de una red informática y no con
una memoria removible (pen drive) aplicada a cada una como hasta ahora,
para facilitarle al CNE la producción de las mismas antes de las
elecciones;
3) la
incorporación del Sistema de Autenticación Integral (SAI), con el cual
para que la máquina admita el voto se requerirá que cada elector coloque
su dedo en una captahuella.
Con
base en la información técnica disponible a la fecha de edición de este
Monitor Electoral, Súmate considera que:
1º.
los cambios sobre las boletas electorales podrían ser recomendables por
facilitar el acto de votación a los electores, siempre que se apliquen
en la totalidad de las mesas de votación y que el costo asociado sea
debidamente justificado por el CNE;
2º.
los cambios en la programación de las máquinas de votación, si bien le
facilitaría este trabajo al CNE, agregaría una vulnerabilidad a la
seguridad del SAV que hasta ahora ha estado resuelta con la utilización
de memorias removibles (pen drives) para programar cada máquina; por lo
tanto, este cambio no sería recomendable;
3º.
la incorporación del Sistema de Autenticación Integral (SAI) es
injustificada y por lo tanto sería innecesaria, por lo que tampoco sería
recomendable.
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