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Últimas migraciones demuestran que siguen siendo militantes del PSUV
SÚMATE: TSJ DEBE DECIDIR INCONSTITUCIONALIDAD
DEL NOMBRAMIENTO DE RECTORAS HERNÁNDEZ Y D'AMELIO

(Caracas, 31 de octubre 2012 - Prensa Súmate 436) - Súmate solicitó hoy miércoles 31 de octubre a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictar la sentencia sobre el recurso de nulidad, que introdujo el pasado 26 de noviembre de 2009, sobre el nombramiento inconstitucional como rectoras del Consejo Nacional Electoral de las ciudadanas Socorro Hernández y Tania D´Amelio, ya que eran militantes del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) para la fecha de su postulación, tal como lo demuestran las renuncias presentadas ante al director de Organización del PSUV para ese año, Jorge Rodríguez, en fechas 2 y 4 de noviembre, respectivamente (ver copia de las mismas).   

Los directivos de esta organización ciudadana Ricardo Estévez y Dashiell López, antes de consignar la cuarta diligencia con esta solicitud, explicaron que las rectoras Hernández y D´Amelio no cumplían con los requisitos de elegibilidad para estos cargos establecidos por el artículo de 296 de la Constitución de la República y el artículo 9, numeral 4, de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), que establece que: “El Consejo Nacional Electoral estará integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos…” 

López alegó que el hecho de que el TSJ no se haya pronunciado oportunamente ha permitido que las rectoras Socorro Hernández y Tania D’Amelio hayan sido promotoras y han facilitado múltiples ilegalidades e irregularidades en los últimos procesos electorales, entre las cuales destacan;

  • Las recientes migraciones de seis (6) aspirantes a gobernadores del PSUV a centros de votación de los estados donde fueron postulados como candidatos para las Elecciones Regionales del próximo domingo 16 de Diciembre, y de un centenar de militantes y afectos a esa parcialidad política, violando con ello los artículos 21.1 de la Constitución y 40 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Para Súmate la rectora Socorro Hernández corroboró la comisión de la transgresión en la rueda de prensa que ofreció el pasado viernes 26 de este mes.
     

  • La decisión de no investigar y sancionar el ventajismo inconstitucional e ilegal por parte del Presidente de la República en la reciente campaña electoral, evidenciado en el hecho de que dispuso de 38 minutos y medio diarios promedio en los 96 días del período de campaña electoral en cada uno de los medios de comunicación social radioeléctricos y televisivos del país: 3 minutos diarios de propaganda electoral permitidos por el Reglamento sobre la Campaña Electoral, 34 minutos diarios a través de las 27 cadenas nacionales, más un minuto y medio de propaganda oficial gratuita previsto por el artículo 10, numeral 2, de la Ley Orgánica de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos. Además, contó con otros minutos diarios utilizados para la propaganda institucional gubernamental pagada con dinero público por el Ministerio de Comunicación e Información.

Estévez deploró que la máxima instancia judicial de la República esté en mora con la solicitud de justicia, en la búsqueda de tener rectores electorales imparciales e independientes, y contar con un sistema electoral realmente confiable; lo cual es contrario a lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución que exige al Estado garantizar “…una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.”. Además, hizo un llamado a los venezolanos a no amilanarse y a organizarse para enfrentar los obstáculos y las irregularidades impuestas o promovidas desde el CNE, con el fin de que el voto realmente elija en las próximas elecciones Regionales del 16 de diciembre.


 
 

Asociación Civil Súmate | Twitter: @sumate