Enero 2014
Nº 68, AÑO 10

 
   

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 ELECTORES

 

En primer trimestre deben haber nuevos
Miembros de Organismos Electorales

 

El Consejo Nacional Electoral está obligado a seleccionar en el primer trimestre de cada año a los Miembros y Secretarios de Mesa de los organismos electorales subalternos.

Aunque este año 2014 no está planteado ningún proceso electoral, el CNE debe realizar esta selección. En el año 2011 tampoco estaba prevista alguna elección y el CNE cumplió con esta obligación legal, tal como lo indica la nota de prensa publicada en su portal web, el jueves 31 de marzo de ese año: http://www.cne.gob.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=1942 

Sin embargo, el año pasado el CNE no seleccionó en el primer trimestre de 2013 a los casi 500 mil Miembros y Secretarios de Organismos Electorales Subalternos, transgrediendo lo establecido en los artículos 97 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y 50 de la Ley Orgánica de Poder Electoral (LOPE). Con ello obligó a quienes asumieron estas funciones electorales en octubre y diciembre 2012, a volver a activarse en abril y diciembre de 2013.  

Reiteradamente, advertimos a los rectores del CNE (carta enviada el 23 de enero 2013) que era su obligación seleccionar a los nuevos Miembros y Secretarios de Juntas y Mesas Electorales, ya que el servicio electoral obligatorio de los elegidos el 22 de marzo de 2012 culminaba en marzo de 2013. Sin embargo, el CNE hizo caso omiso a estas observaciones, decidiendo por mayoría de su directorio prorrogar el período de los Miembros y Secretarios de las Juntas y Mesas Electorales para todo el año 2013, tal como lo anunció el 29 de enero de 2013 en rueda de prensa la rectora presidente de este organismo, Tibisay Lucena. (Nota de prensa CNE: Convocadas elecciones municipales para el 14 de julio). 

 

La Inscripción en el RE es Continua

 

El Registro Electoral es continuo, esto quiere decir que todo ciudadano puede inscribirse o actualizar sus datos en cualquier momento, tal como lo establece el artículo 28 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE). Para cumplir este cometido, los venezolanos o extranjeros deben dirigirse a la Oficina Regional Electoral del CNE (ORE), ubicada en la capital de su estado. 

Los únicos requisitos para inscribirse en el Registro Electoral (RE) son presentar la cédula laminada (vigente o no), y ser mayor de 18 años de edad. Así lo dispone el artículo 29 de la LOPRE. 

En el Registro Definitivo para el 8-D, publicado por el CNE el pasado domingo 25 de agosto de 2013, estaban habilitados para votar en esos comicios 19.066.431 electores; de los cuales: 18.851307 eran venezolanos y 215.124 extranjeros, con más de 10 años de residencia en nuestro país. Con la suma de los 100.985 electores venezolanos residenciados en el extranjero e inscritos en el RE, que no sufragaron en las elecciones municipales, el total de inscritos en el RE publicado el 25 de agosto pasado fue de 19.167.416 electores. 

Para los venezolanos en el exterior, que han sufrido los obstáculos para inscribirse o actualizar sus datos en las embajadas o consulados a nivel mundial, esta es la oportunidad para lograr el objetivo. No obstante, tienen una exigencia adicional importante para ello, debido a la interpretación del artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), según la cual sólo se pueden inscribir quienes “posean residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela” (Art. 124). Los funcionarios consulares de nuestro país simplemente deben verificar que el ciudadano que solicita su inscripción o actualización en el RE demuestre que reside en el exterior con la presentación de un recibo de pago de servicios, constancia o contrato de trabajo, un contrato de compra o arrendamiento, una constancia de estudios o de tratamiento médico. 

Todos los inscritos en el RE deben verificar con frecuencia su información en la página web del CNE (www.cne.gov.ve) o llamar al 0800-VOTEMOS (0-800-8683667) o enviar un mensaje de texto con su número de cédula al 2637.

 

En el caso de que algún elector detecte en su información en el RE que ha sido migrado de su centro de votación sin su consentimiento o que la información de sus datos no es correcta, está a tiempo de solicitar la reversión de esta situación en la Oficina Regional Electoral del CNE de su entidad federal.

 

Es la oportunidad para excluir a difuntos del RE

En nuestro más reciente análisis del RE Definitivo del 8-D encontramos que permanecen 81.307 fallecidos de datos producto de cruzar una  lista confirmada de un grupo de 220 mil fallecidos que estaban incorporados para las Presidenciales del 14-A. Resaltamos  lo dicho por el CNE en  nota de prensa publicada en su portal web del lunes 26 de agosto en la que informa que depuraron al RE de 44.161 fallecidos adicionales a las 121.822 realizadas antes de la publicación del Registro Electoral preliminar.

Para contribuir con la depuración del RE, los familiares directos de los electores difuntos que aparecen como activos deben emprender las siguientes acciones:

a.  a. Ubicar la Planilla de Trámites ante el Registro Electoral en el sitio web del CNE (www.cne.gob.ve) en el enlace “Registro Electoral” o solicitarla en cualquiera de las 24 Oficinas Regionales Electorales del CNE, ubicadas en las capitales de cada estado.

b.  Reportar la situación, completando los datos requeridos, en la Planilla de Trámites ante el Registro Electoral.

c.  Entregar la Planilla de Trámites ante el Registro Electoral en la Oficina Regional Electoral del CNE de su estado (ORE), acompañada de:

 - Acta de defunción.

 - Copia de la cédula de identidad del ciudadano fallecido.

 - Copia de la cédula de identidad de quien hará el retiro del difunto del RE.

d.  Firmar y estampar su huella dactilar en el espacio previsto para ello en la Planilla de Trámites ante el Registro Electoral.

e.  Obtener una constancia de haber realizado el Retiro de su familiar difunto y solicitar que se la firmen y sellen, indicando la fecha de recepción, en señal de haber sido recibida conforme, para su tramitación por el CNE.

 

 

Monitor Electoral: una publicación de Súmate
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