|
PROCESOS
AN y CPE deben cumplir 18 pasos para selección de rectores del CNE
a
Asamblea Nacional (AN) y el Comité de Postulaciones Electorales (CPE)
deben cumplir 18 pasos para la selección, nombramiento y juramentación
de los 3 nuevos Rectores y sus 6 suplentes del Consejo Nacional
Electoral (CNE), de acuerdo con el procedimiento establecido por la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y la Ley
Orgánica del Poder Electoral (LOPE):
Pasos para selección de rectores del CNE
|
Tiempo
(días según LOPE) |
1 |
La AN debe convocar para la Constitución del CPE.
Esto debió ocurrir por lo menos 30 días antes de la selección de
los 3 rectores y sus 6 suplentes, es decir en el mes de marzo
del año 2013. Sin embargo, la AN cumplió con esta obligación
constitucional y legal un año después, cuando en la
sesión del pasado 01 de abril dio inicio a este proceso,
luego de que
el Presidente Nicolás Maduro anunció el 27 de marzo que se
nombrarían a los titulares con período vencido o vacantes en el
Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Supremo de Justicia.
Arts. 295 de la CRBV y 20 de LOPE.
|
1 |
2 |
La AN debe constituir la Comisión Preliminar de 11 diputados,
con el criterio de que sea una representación plural del país.
El martes 01 de
abril designó a los 6 diputados por parte de la fracción del
PSUV
y
el martes 08 del mismo mes a los 5 de la fracción de la MUD
para la Comisión Preliminar del Comité de Postulaciones
Electorales. Esta primera instancia es la que debe convocar a la
Sociedad Civil a postular sus representantes al Comité de
Postulaciones. Art. 22 de la LOPE.
|
1 |
3 |
La Comisión Preliminar
de 11 diputados de la AN debe convocar a la Sociedad Civil (SC)
para que inscriba sus candidatos al
CPE.
Para ello debe realizar 2 convocatorias en fechas diferentes, en
2 medios de comunicación social de circulación nacional.
La convocatoria fue realizada un mes después de constituida esta
Comisión,
la cual fue publicada en
los diarios oficialistas Correo del Orinoco y Vea,
los días 10, 11 y 12 de mayo.
El Comité Preliminar de 11 diputados de la AN abrió
el Período de Postulación desde el lunes 12 al viernes 23 de
mayo, durante el cual se inscribieron 130 personas por parte de
diferentes sectores de la sociedad.
Art. 20 de la LOPE.Art. 20 de la LOPE.
|
15 |
4 |
La Comisión
Preliminar
de 11 diputados de la AN debe evaluar, para luego presentar a
la Plenaria de la AN, la lista de candidatos postulados
por la SC como miembros para el CPE. Esta fase está en pleno
desarrollo, aunque la Comisión Preliminar no cumplió con el
anuncio de presentar esta lista de candidatos el martes 03 de junio
ante la plenaria de la AN.
El miércoles 23 de julio fue cuando la Comisión Preliminar
aprobó 20 personas de las 130 postuladas,
pero todavía no ha presentado esta lista a la Plenaria de la AN.
Arts. 21 y 22 de la LOPE.
|
10 |
5 |
La Plenaria de la AN debe seleccionar y aprobar por las 2/3
partes de los diputados presentes en su próxima sesión a los 10
integrantes de la sociedad civil de la lista presentada por la
Comisión Preliminar de los 11 diputados, con el fin de integrar
el Comité de Postulaciones Electorales (CPE).
La Comisión Preliminar todavía no ha presentado lista a la
plenaria de la AN, para constituir el CPE. Art. 22 de la LOPE.
|
1 |
6 |
La Directiva de la AN juramenta a los 21 miembros del CPE,
integrada por los 11 diputados de la Comisión Preliminar y las
10 personas postuladas de la SC, luego de haber sido aprobadas
por las 2/3 partes de los diputados presentes en la Plenaria.
Art. 22 de la LOPE.
|
1 |
7 |
El CPE debe escoger en su primera sesión a su Presidente y
vicepresidente dentro de su seno, y su secretario lo selecciona
fuera de esta instancia.
Art. 23 de la LOPE.
|
1 |
8 |
El CPE en los primeros 6 días de su constitución debe elaborar y
aprobar su Reglamento Interno y establecer los métodos para
evaluar las credenciales de los postulados.
Art. 23 LOPE.
|
6 |
9 |
El CPE debe publicar en la Gaceta Oficial y al menos en 2
diarios de circulación nacional la convocatoria a la Sociedad
Civil (SC) para que postule sus candidatos como rectores del
CNE.
El lapso para la postulación dura catorce (14) días continuos, a
partir de la fecha de la última publicación de convocatoria a
candidatos a rectores.
Si
la lista de elegibles no cubre el mínimo exigido, el CPE debe
prolongar el período de postulación por una semana más. Arts. 24
y 26 de la LOPE.
|
25 |
10 |
El CPE debe verificar y evaluar a los candidatos a Rectores del
CNE, para presentar a la AN una lista de elegibles
con por lo menos el triple de los cargos a designar entre
principales y suplentes. Para ello cuenta con un lapso de
20 días, después del vencimiento del período de postulaciones.
Arts. 26 y 29 de la LOPE.
|
20 |
11 |
El CPE está obligado a publicar la lista de elegibles a
candidatos a Rectores del CNE en dos (2) diarios de circulación
nacional.
Art. 26 de la LOPE.
|
1 |
12 |
La secretaría del CPE debe recibir por escrito durante 6 días
continuos las objeciones,
de acuerdo al formato establecido, luego de publicada la lista
de postulados por la Sociedad Civil a Rectores del CNE.
Art. 27 de la LOPE.
|
6 |
13 |
Los postulados a candidatos a Rectores del CNE objetados deben
recibir copia de las objeciones,
actividad que debe realizarse luego de vencido el lapso de 6
días continuos para las mismas. Art. 27 de la LOPE.
|
1 |
14 |
El CPE debe conceder 6 días continuos a los postulados objetados
para consignar sus descargos o argumentos en contra de las
objeciones.
Art. 28 de la LOPE.
|
6 |
15 |
El CPE elaborará un único expediente por postulado,
a los dos (2) días siguientes del vencimiento del período de
descargo. Art. 29 de la LOPE.
|
2 |
16 |
El CPE envía a la AN la lista de candidatos a Rectores.
Arts. 26 y 29 de la LOPE.
|
1 |
17 |
La AN debe recibir la lista de candidatos y escoger por las 2/3
partes de sus miembros (110 de 165 diputados) a los 3 Rectores y
a sus 6 suplentes.
Para ello tiene un lapso de diez (10) días continuos.
Arts. 296 de la Constitución, 8, 29 y 30 de la LOPE.
|
10 |
18 |
La AN debe juramentar a los 3 Rectores y a sus 6 suplentes,
escogidos por las 2/3 partes de sus miembros (110 de 165
diputados), quienes tomarán posesión de sus cargos al día
siguiente en representación de la Sociedad Civil en el Poder
Electoral.
Art. 30 de la LOPE.
|
1 |
Total de días requeridos en estos 18 pasos |
109 |
Ya han transcurrido 4 meses, es decir 120 días, desde la constitución de la Comisión
Preliminar Electoral de los 11 diputados, los cuales han sido consumidos
en los primeros 4 pasos, como son la convocatoria a la Sociedad Civil
para postular sus representantes al Comité de Postulaciones Electorales,
la evaluación de los mismos y la presentación de 20 nombres de la lista
de las 130 personas postuladas, la cual debe entregar en la próxima
sesión de la plenaria de la AN.
Para los siguientes 14 pasos, después de conformado el CPE, se requieren
alrededor de otros 75 días como máximo, es
decir 2 meses y medio, de acuerdo con los tiempos establecidos
por la Ley Orgánica de Poder Electoral (LOPE), con el fin de seleccionar
y juramentar a los 3 nuevos Rectores y sus 6 suplentes, en
representación de la Sociedad Civil en el Poder Electoral.

Cuatro meses en espera del Comité de Postulaciones Electorales
La Comisión Preliminar Electoral de 11
diputados de la Asamblea Nacional cumplió con sus principales
responsabilidades, entre ellas la convocatoria a la Sociedad Civil para
integrar el Comité de Postulaciones Electorales y la preselección de 20
personas de las 130 postuladas, que presentará en una próxima sesión de
la Asamblea Nacional, antes de cerrar el primer período de sesiones,
estipulado para el 15 de agosto.
Es obligatorio observar que estas
actividades requieren aproximadamente unos 30 días y fueron ejecutadas
en 4 meses: Un mes
después de haber sido constituida,
la Comisión Preliminar cumplió con la
convocatoria de los
diferentes sectores de la Sociedad Civil Organizada entre el 12 y el 23
de mayo, y tardó dos meses para
escoger a 20
personas de las 130 postuladas,
lista que aún no ha presentado a la Plenaria de la Asamblea Nacional.
Además, es necesario
señalar que la Comisión Preliminar Electoral realizó la convocatoria a
la Sociedad Civil para integrar el CPE
en 2 medios de comunicación social
impresos con una
línea editorial claramente oficialista,
Correo del Orinoco y VEA, que no está demostrado sean de
circulación nacional,
y un día de la primera semana del lapso de la Convocatoria fue publicada en el diario
Últimas Noticias, únicamente en la edición que circula en el área
metropolitana de Caracas. Con ello
estuvieron lejos de lo expresado por el artículo
20 de la Ley Orgánica del
Poder Electoral (LOPE), que exige
que la misma se realice en el ámbito nacional.

Así mismo, los 11 diputados de la Comisión
Preliminar Electoral incumplieron su propio cronograma, dado a conocer
por su Presidenta la diputada Blanca Eckhout en
rueda de prensa el pasado 12 de mayo,
cuando afirmó que en la primera semana de junio presentarían ante la
Plenaria del Parlamento Nacional la lista definitiva de los candidatos
postulados por las diferentes organizaciones de la Sociedad Civil, lo
cual hasta la fecha no ha ocurrido. Con este retardo dejaron de cumplir
con lo dispuesto en el artículo 22 de la LOPE que obliga a presentar
esta lista dentro de los 10 días siguientes, luego del vencimiento de la
convocatoria.

Es preciso advertir que a la lista de 20
preseleccionados de los 130 postulados, fue agregado otro
ciudadano indicado como el número 21 en el cuadro anexo, que no aparece
en el informe firmado por los 11 diputados de la Comisión Preliminar el
pasado 23 de julio. Además,
10 de las 21 personas preseleccionadas
fueron objetadas por Súmate en carta enviada el pasado lunes 26 de mayo
a la Comisión Preliminar Electoral por aparecer inscritas como
militantes del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), lo cual es
contrario a lo dispuesto en los artículos 295 de la Constitución y 20 de
la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE) que establecen que el Comité
de Postulaciones Electorales “...estará integrado por representantes de
los diferentes sectores de la sociedad…”.
Nº |
Nombres y apellidos |
Cédula de Identidad |
Organización Postulante |
Objetado por Súmate |
1 |
Heryck Rannyer Rangel Hernández |
V-17849975 |
Colectivo Eco-socialista |
PSUV |
2 |
Yenniz Enrique Arrieta Chourio |
V-9391430 |
Red de Organizaciones Afro venezolanas |
PSUV |
3 |
Carlos Eduardo Agostini Jiménez |
V-3751147
|
Asociación Civil Horizonte |
|
4 |
Francisco Armando Bello Conde |
V-7131835
|
Fundación Casa Arturo Uslar Pietri |
|
5 |
Livia Mercedes Gómez Núñez |
V-6491191
|
Colectivo de Madres, Padres y Representantes Escuela Comunitaria Luisa Goiticoa |
|
6 |
William Roberto García García
|
V-17881445
|
Consejo Nacional de Estudiantes del
Sistema de Educación Socialista |
PSUV |
7 |
José María Cadenas González |
V-1267234
|
Asociación Civil Asamblea de Educación |
|
8 |
Kurt Georg Eduard Nagel Von Jess |
V-1076275
|
Fedecámaras Zulia
|
|
9 |
Francisco José Alfaro Pareja |
V-14575932 |
Asociación Civil por La Caracas Posible |
|
10 |
Oswaldo Alberto Morillo Moros |
V-6375548
|
Centro para la Paz y los Derechos
Humanos Padre Luis María Olaso |
|
11 |
Reinaldo Zavarce Garmendia |
V-2142814
|
Centro para la Paz y los Derechos
Humanos |
|
12 |
Zulay Coromoto Delgado |
V-8365209
|
Frente de Mujeres Luisa Cáceres de
Arismendi |
PSUV |
13 |
Bernardo Antonio Fernández López |
V-4994850
|
Federación de Pueblos y Comunidades
Indígenas de
Venezuela |
PSUV |
14 |
Andrés Rolando Clavier |
V-1753576
|
AsoSanLuis
|
|
15 |
Frankie Keppler Isaac Rodríguez |
V-14066006
|
Capitanía General del Sector 7 Ikabaru |
PSUV |
16 |
César Augusto Sánchez |
V-3803874
|
Unidad de Abuelas y Abuelos Simón
Bolívar |
PSUV |
17 |
Oscar Armando Contreras Nieves |
V-8412336
|
Frente Nacional Campesino Ezequiel
Zamora |
PSUV |
18 |
Edith María Silva Alzolar |
V-3698761
|
La
Araña Feminista |
PSUV |
19 |
Carlos Díaz |
V-2105844 |
Consejo Comunal San Antonio |
PSUV |
20 |
Eva Esther Gutiérrez Padrón |
V-3664815 |
Colegio Nacional de Periodistas |
|
21 |
Ciro Vladimir León
|
V-14533009
|
Consejo Comunal del Barrio Coromoto
|
PSUV |
|
|