Súmate desmiente al rector Jorge Rodríguez
“LA LEY SÍ EXIGE QUE SE CUENTEN TODAS LAS BOLETAS DE VOTACIÓN”
(Caracas,
19 de Noviembre de 2005 - Nota de Prensa
Súmate 135) -
Ante la declaración del Presidente del
Consejo Nacional Electoral, CNE, Jorge
Rodríguez en la cual sostiene que la Ley
Orgánica del Sufragio y Participación
Política (LOSPP) no exige que el escrutinio
de las boletas de votación sea manual sino
automatizado, el Movimiento Ciudadano
Nacional Súmate le exige que explique
públicamente cómo los miembros de mesa
podrán conocer el “número de boletas
depositadas” o “el número de boletas
consignadas” si no las cuentan manualmente
para así cumplir los artículos 172 y 220.1
de dicha Ley.
Súmate le reitera al Poder Electoral que las
máquinas de votación tienen la capacidad
tecnológica de emitir automáticamente las
actas pero no tienen capacidad física ni
tecnológica para ‘contar las boletas’.
Entonces ¿por qué el CNE pretende realizar
las elecciones del 4 de diciembre sin
realizar escrutinios como manda la ley?
Contar físicamente todas las boletas le
daría a estas elecciones la transparencia
necesaria para que los electores confíen en
sus resultados.
Las supuestas concesiones del CNE
El Rector Jorge Rodríguez informó que el CNE
aceptó conceder a los actores políticos
ampliar la “auditoría de 34% a 45% de las
mesas de votación –auditoría que pretende
eliminar el escrutinio-. Súmate alerta a los
electores que esta concesión es inaceptable.
En primer lugar, porque hay que contar todas
las boletas y, en segundo lugar, sólo tiene
sentido si el resultado del conteo de las
boletas se compara de inmediato con el
resultado de la máquina de votación y, de
haber discrepancias, los mismos se procesan
antes de emitir los resultados oficiales de
la votación. El Instructivo sobre el
procedimiento de auditoría, publicado en la
Gaceta Nº 276 el 4 de noviembre de 2005,
establece que:
1. El proceso de contar las boletas se
considera una auditoría y no parte del
escrutinio;
2. La auditoría sólo se realizará una vez
que se haya hecho la transmisión íntegra de
los resultados y los miembros de la mesa
hayan suscrito el acta de escrutinio;
3. La información se asentará en una
“Constancia de Auditoría” la cual se enviará
al CNE;
4. El CNE realizará la transcripción de la
constancia y realizará un análisis
estadístico para determinar si existe algún
patrón irregular o sesgo en el sistema
automatizado;
5. El CNE hará público el informe de la
auditoría en un lapso de cinco semanas.
Este proceso no contempla cotejar los
resultados del conteo de las boletas con los
resultados de las actas de votación ni un
mecanismo correctivo que corrija los
resultados si las máquinas cometen un error,
por lo tanto, este procedimiento es
inaceptable, cualquiera que sea el tamaño de la muestra
seleccionada.
Con los ilegales cuadernos electrónicos
peligra el secreto del voto
También anunció el Rector Rodríguez que los
cuadernos electrónicos de votación sólo se
utilizarán en tres estados del país
justificando su decisión “en aras de la
participación de todas y de todos” lo cual
lleva a suponer que el CNE no está
interesado entonces en la participación de
los ciudadanos de Nueva Esparta, Cojedes y
del Municipio Ribero. Con el uso ilegal de
estos mecanismos, la coacción percibida por
los electores de estos estados estará
plenamente justificada por el riesgo de
vulneración del secreto del voto asociado
directamente al uso de los cuadernos
electrónicos de votación.
Rodríguez ofreció verbalmente ratificar la
medida de distribución aleatoria de
electores en estas localidades. Con este
planteamiento, el Presidente del CNE
reconoce que, al no alterar la secuencia, el
secreto del voto no está garantizado. Súmate
le recuerda que esta medida sí estaba
incluida en las normativas aprobadas para
las Elecciones Municipales 2005 y las
Elecciones del Municipio Ribero, aunque en
aquellas oportunidades no se aplicó.
Las capta-huellas intimidan a los electores
Súmate reitera que si el CNE realmente desea
garantizar la confianza de los electores
para que voten sin coacción, debe eliminar
el uso de las máquinas capta-huellas en todo
el país, aún cuando no estén conectadas a un
“cuaderno electrónico de votación”. Por ello
esta organización ciudadana le recuerda a
las autoridades del CNE que lea el artículo
218.5 de la LOSPP el cual reza: “Serán
nulas todas las votaciones de una Mesa
Electoral en los siguientes casos: (…) 5.
Por ejecución de actos de coacción contra
los electores de tal manera que los hubiesen
obligado a abstenerse de votar o sufragar en
contra de su voluntad”.
RE sin direcciones ¿a qué le teme el CNE?
El CNE seguirá al margen de la ley en
relación con el Registro Electoral ya que se
niega a entregar las direcciones de los
electores. Dado que la ley, que ordena al
CNE entregar los datos de las direcciones,
fue promulgada un año antes de la
Constitución de 1999, aduce Rodríguez que
"no pueden ser entregadas a entes
particulares y partidos políticos por cuanto
esto constituye una violación" al artículo
60 de la Constitución y asegura que
expondrían al CNE a que particulares actúen
contra ellos por entregar sus datos. Súmate
le recuerda al CNE que el artículo 59 de la
Constitución de 1961 regula lo mismo que el
artículo 60 de la Constitución de 1999, por
lo que es evidente que sólo pretende evadir
su obligación legal.
Súmate reitera que el Registro Electoral,
donde consta quién podrá votar en las
elecciones parlamentarias del próximo 4 de
diciembre, es una caja negra porque el
directorio del CNE se niega a entregar las
direcciones de los electores en contra de la
ley. El administrador electoral tampoco ha
cumplido con la entrega mensual a cada
centro de votación de los cambios producidos
por mudanza o muerte de los electores o por
inscripción de nuevos votantes. Por lo
tanto, nadie puede constatar si los
electores que votan en su centro existen
realmente. ¿Dónde hay que buscar a los
nuevos electores para constatar su
existencia?
Súmate de nuevo exige al CNE que se ponga a
derecho, que cumpla con la Constitución y la
legislación electoral.
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