Piden que se cumpla la Constitución
SÚMATE SOLICITA A LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TSJ ORDENAR A LA AN NOMBRAMIENTO DE RECTORES DEFINITIVOS
(Caracas, 16
de Mazo de 2005 - Nota de Prensa
Súmate 84) -
Los miembros de Súmate Maria Corina Machado,
Juan José Fernández Prieto, Ricardo Estévez,
Roberto Abdul y Raquel Ramírez, en nombre
propio y en sus condiciones de ciudadanos
inscritos en el Registro Electoral
Permanente, acudieron este miércoles a la
Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia para consignar un escrito en el
cual le solicitan que ordene a la Asamblea
Nacional proceda, de manera inmediata y
dentro de un plazo que la Sala determine, a
realizar los nombramientos definitivos de
los rectores del CNE.
La acción emprendida por
Machado y Fernández busca intervenir en el
expediente que cursa en esa Sala y con la
cual se ha decidido la designación, en dos
oportunidades, de los rectores del CNE
frente al incumplimiento reiterado por parte
de la Asamblea Nacional de nombrar los
rectores principales y suplentes del ente
electoral.
Asimismo, le solicitan a la
Sala Constitucional que suspenda los efectos
de la sentencia de fecha 20 de enero de
2005, la cual designó por segunda vez a los
Rectores. Además, piden que las vacantes
absolutas producidas hasta ese momento sean
cubiertas por los respectivos suplentes
designados para cada rector en específico
por esta misma Sala en el fallo dictado en
fecha 4 de agosto de 2003, conforme al orden
expresamente establecido en esa decisión y
coherente con lo previsto en el artículo 13
de la Ley Orgánica del Poder Electoral.
Los miembros de Súmate
alegaron que la Sala Constitucional está
destinada a proteger la Constitución. En tal
sentido le solicitaron que ejecute la
decisión por omisión del Poder Legislativo y
que vaya hasta el fondo de la misma,
obligando a la Asamblea Nacional a nombrar a
los Rectores definitivos ya que la situación
actual afecta el principio de imparcialidad
y despartidización del ente comicial,
contenidos en el artículo 294 de la
Constitución. Argumentaron que si el árbitro
o administrador electoral no goza de
confianza, por su formación de designación,
el derecho al sufragio, consagrado en el
artículo 63 de la Constitución, no se puede
ejercer de manera libre y democrática, tal
como dicho artículo lo exige.
Lo permanente en el CNE es lo
transitorio
María Corina Machado
argumentó que la prolongada designación
provisional de los
Rectores por
parte del TSJ genera una distorsión
constitucional importante en la composición
y funcionamiento del ente comicial.
Además señaló, que el
carácter definitivo que parece haber asumido
la designación “provisional” de los rectores
del CNE implica el desconocimiento del
respeto de las minorías parlamentarias, toda
vez que en la Constitución se establece que
los rectores del órgano comicial tienen que
ser elegidos con una mayoría calificada, a
los fines de permitir el consenso político
entre las distintas fuerzas políticas del
país. “Permitir que la elección de estos
Rectores se realice sin la participación de
las fuerzas políticas minoritarias
constituye un claro desconocimiento de
nuestros principios democráticos”.
Provisionalidad viola la
independencia de poderes
Los voceros de Súmate
sostuvieron que la consolidación en el
tiempo de los rectores provisionales del CNE
es violatorio a la independencia y autonomía
de los poderes públicos y del principio de
la separación de poderes. “La
provisionalidad pretende consolidarse
temporalmente constituyéndose en un fraude a
la Constitución, afectando el principio de
independencia orgánica y autonomía funcional
del Poder Electoral”, puntualizaron.
Además, sostienen que la
designación provisoria de los Rectores
niega la participación de los ciudadanos y
la sociedad civil y que la conformación
interna del ente comicial no cumple con los
requisitos constitucionales de
representación ciudadana y de la sociedad
civil organizada. Por ello, la forma de
restablecer los derechos de los ciudadanos
es que la Sala Constitucional obligue a la
Asamblea Nacional a la designación de los
rectores, en forma perentoria y conforme a
la Constitución, finalizaron.
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