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Los 30 días son para establecer la fecha de la consulta

UN MES ES INSUFICIENTE PARA ORGANIZAR EL REFERÉNDUM
DE LA ENMIENDA

(Caracas, 29 de diciembre 2008 / Nota de Prensa Súmate 259) - Aún antes de que la Asamblea Nacional (AN) realice la segunda discusión de la propuesta de enmienda a la Constitución promovida por el Presidente de la República, el Consejo Nacional Electoral (CNE) juega nuevamente posición adelantada, repitiendo la irregularidad cometida en el 2007 con el proyecto de reforma constitucional.   

La justificación que surge del seno del CNE, es que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) le da un lapso de sólo 30 días para realizar la convocatoria al Referendo, con lo cual parece interpretar que la fecha del Referendo debería ser un mes después de recibida la solicitud formal de la AN. Sin embargo, este lapso es obviamente insuficiente para la ejecución de todas las actividades necesarias para completar los requerimientos de un proceso comicial, especialmente si se considera la actual plataforma tecnológica del voto en Venezuela.   

Es imposible ejecutar las necesarias revisiones técnicas a equipos y sistemas, denominadas por el CNE como auditorías de datos y software de las máquinas de votación, de cuadernos de votación, de datos y software del sistema de autenticación de votantes, del sistema de totalización, de producción de las máquinas de votación, de infraestructura y de predespacho.   

De igual modo, habría que considerar la necesaria apertura, revisión, impugnación y publicación definitiva del Registro Electoral (RE), para que aquellos electores no inscritos o con problemas en su inscripción puedan participar.   

30 días para convocar, no para realizar los comicios
Súmate ha reiterado que los 30 días previstos por la CRBV para convocar un Referendo luego de que el CNE reciba la solicitud de la AN, sólo puede entenderse razonablemente como el tiempo del que dispone el organismo comicial para comenzar a prepararse, elaborar un cronograma adecuado y establecer la fecha propicia para realizar la consulta, la cual debe considerar la ejecución de todas las actividades previas al proceso comicial, según se prevé en la Constitución y las Leyes.  

El cronograma de una elección normal se inicia con actividades específicas que comienzan seis meses antes de la fecha de las elecciones. Así, ya para mayo del año 2008 se conocía el cronograma de las elecciones regionales convocadas para el 23 de noviembre. 

A criterio de Súmate, en el caso de la Enmienda, que supone la consulta de una sola pregunta a ser respondida sólo con las opciones del Sí o del No, quizás podría acortarse este lapso de seis meses. Sin embargo, no es posible establecer con precisión a cuantos meses debería reducirse -de ser el caso- este período, ante la falta de una Ley de Procesos Electorales y una Ley de Referendos que establezca los tiempos y precise las regulaciones asociadas a las diferentes etapas de estos procesos electorales. Llama la atención que sean justamente el CNE y la AN los responsables de la inexistencia de este marco legal, dada la diligencia de ambos organismos cuando se trata de desarrollar las iniciativas referendarias propuestas por el Presidente en los últimos años.  

¿Cuándo sería el simulacro de la Enmienda?
En el Referendo de la Reforma Constitucional de diciembre de 2007, el CNE anunció la realización de un simulacro para el 28 de octubre, sin conocer siquiera cómo se haría la votación, si en bloques o por artículos. Las revisiones técnicas a los equipos y sistemas se desarrollaron atropelladamente, pues el organismo comicial dispuso de menos de la mitad de los tiempos fijados un año antes para la elección presidencial. Estas actividades comenzaron después del supuesto simulacro, que demostró ser una posición adelantada del CNE. Este organismo sacrificó la transparencia del proceso y el cumplimiento de las mínimas garantías electorales, a fin de mantener la fecha fijada por el Presidente de la República para la consulta comicial.  

En las Elecciones Regionales de 2008 el tiempo para las revisiones técnicas previas también fue insuficiente, aunque el CNE admitió un lapso mayor de 30 días para su realización. En este caso, aún cuando el simulacro se llevó a cabo sin haber concluido las revisiones técnicas, los electores pudieron experimentar en las mesas de votación de prueba con los mismos sistemas que estaban siendo revisados por los técnicos acreditados para este propósito por el CNE, que serían utilizados un mes después en las elecciones.   

Este período permitió desplegar una campaña para que los electores se preparasen para votar, conocieran las diferentes boletas electrónicas de acuerdo a su circunscripción, y la ubicación de los candidatos y partidos de su preferencia. Sin embargo, no se pudo implantar la propuesta de aumentar el tiempo para votar de 3 a 4 minutos, porque ya el 30 por ciento de las máquinas de votación se encontraban distribuidas en los estados y hubiera sido imposible su reprogramación.  

Iniciando el año 2009, si el CNE continúa haciéndole el juego con posición adelantada al interés del Presidente de la República en la realización temprana del Referendo para su propuesta de enmienda, seguramente nos sorprenderá con la ejecución atropellada de un simulacro que poco aportará a la transparencia y eficacia del proceso electoral. 

Red Ciudadana de SuperTestigos se activará para la Enmienda
La Red Ciudadana de SuperTestigos (www.supertestigos.com) promovida por Súmate, que continúa activa aún después de las recientes Elecciones Regionales, reitera su disposición a participar en la fecha en que se lleve a cabo la consulta de la Enmienda, complementando la labor de los diferentes grupos políticos y ciudadanos llamados a defender el voto con la presencia de testigos en cada una de las mesas de votación del país, entendiendo que con cada nueva elección podremos acercarnos a las elecciones transparentes que nos merecemos los venezolanos si asumimos organizadamente nuestra participación ciudadana.
 

 
 

Asociación Civil Súmate | Twitter: @sumate