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Deja a discreción del CNE la elaboración de 10 reglamentos
PROYECTO DE LEY DE PROCESOS ELECTORALES
ES UNA NUEVA AMENAZA AL DERECHO A ELEGIR

(Caracas, 26 de mayo 2009 / Nota de Prensa Súmate 283) - El Proyecto de Ley de Procesos Electorales presentado por la Asamblea Nacional es el reconocimiento y la legalización de todas las irregularidades que en los últimos años ha venido permitiendo y cometiendo el Consejo Nacional Electoral, por lo cual constituye una amenaza más al derecho a elegir de los venezolanos. Así lo dio a conocer en rueda de prensa Dashiell López, Coordinador de Contraloría Electoral de esta organización ciudadana, acompañado de Roberto Abdul. 

López informó que analizaron este proyecto bajo el tamiz de los principios de Transparencia, Imparcialidad y Confianza, aceptados internacionalmente como una garantía para tener elecciones limpias y libres, encontrando que el mismo representa un claro retroceso en relación con la actual Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.  

No contempla el lapso mínimo para la convocatoria de procesos electorales
En cuanto al Principio de Transparencia, López dijo que este Proyecto no establece la obligación de entregar las direcciones a los actores políticos, como tampoco la inclusión de la fotografía de los electores en los cuadernos de votación. Además, elimina la autonomía de las Mesas de Votación, al señalar que “mientras en el centro de votación permanezcan electores por sufragar se mantendrá abierto el centro de votación…” (artículo 69), lo que también retrasaría los procesos de escrutinio y auditoría de las mesas de votación.  

Tampoco contempla la observación nacional e internacional, y el lapso mínimo para la convocatoria a una elección, cuando la actual legislación exige que sea 6 meses antes de la misma. Pero lo más grave, según el vocero de Súmate, es que deja a discreción del CNE la elaboración de 10 reglamentos de aspectos fundamentales sobre las elecciones, con lo cual se le estaría dando mayor peso a normativas futuras y permitirían el constante cambio en las reglas de juego para cada elección. 

Estos 10 reglamentos o normativas que atentan contra el principio constitucional de la seguridad jurídica, son los siguientes: inscripción y actualización en el Registro Electoral (artículo 24), creación e inscripción de los Grupos de Electores (artículo 40), reglamento para recolección de firmas (artículo 44), formatos y requisitos para postulación (artículo 49), interposición de denuncias (artículo 74), conformación, nucleación, apertura y cierre, así como las mesas electorales (artículo 79), acto de votación (104 artículo), nulidad de votos en mesas automatizadas (artículo 107), auditorías (artículo 132) y regulaciones de la campaña electoral (artículo 59). 

Viola el Principio de Representación Proporcional
Los aspectos de este Proyecto de Ley que atentan contra el Principio de Imparcialidad son la legalización del resultado de “las morochas”, es decir la sobre-representación en cargos de elección popular, violando el principio constitucional de la Representación Proporcional. En este tema, precisó que de acuerdo a la Constitución la Representación Proporcional debe aplicar a la totalidad de los cargos nominales y lista en todas las instancias colegiadas: Asamblea Nacional, Consejos Legislativos Regionales, Concejos Municipales y Juntas Parroquiales. Al pretender legalizar la sobre-representación, para López, este proyecto plantea un sistema electoral de tipo "paralelo", cuyo resultado es propio de sistemas mayoritarios y no de sistemas proporcionales, con lo cual se violaría flagrantemente la Constitución Nacional 

Otro de los elementos cuestionados por Súmate es el diseño parcializado de los circuitos nominales, conocido como Gerrymandering, que da luz verde para que puedan formarse con combinaciones de Municipios y Parroquias, y con lo cual el CNE podrá crearlos de acuerdo a intereses de alguna parcialidad política. Pero donde concede mayor discrecionalidad al CNE, según López, es en la conformación de los circuitos para elecciones municipales, porque permite que se hagan en combinación de comunas o consejos comunales. Tampoco considera obligatorio la elaboración de un índice poblacional para los circuitos nominales, ni siquiera menciona cuál sería el margen de error para estos circuitos con respecto al índice de población.  

En caso de aprobarse este Proyecto de Ley, de acuerdo al vocero de Súmate, el CNE también tendría la potestad de conformar, nuclear, y establecer la hora de apertura y cierre de las mesas electorales (artículo 79). Y además, permitiría que los funcionarios que aspiren a la reelección se mantengan en sus cargos durante todo el proceso comicial.   

Contiene omisiones deliberadas
Parte del contenido de este proyecto de ley atenta contra el Principio de Confianza, al darle legalidad al uso de la Capta huellas (artículo 93) en los procesos electorales; sin embargo, omite el tema de las  obligadas y necesarias auditorías del sistema automatizado de votación,  la figura y funciones de los Coordinadores de Centros de Votación, las atribuciones específicas del Plan República, la apelación y los pasos a seguir en caso de diferencias entre escrutinio y auditoría, la nulidad de las votaciones por discrepancias escrutinio – auditoría, el porcentaje de las mesas a auditar, la impresión de las actas antes de la transmisión, al igual que la desconexión de las máquinas durante el proceso de votación, la desconexión de las máquinas capta huellas, y los lapsos y regulaciones para cada campaña electoral quedarán a discreción del CNE. 

Por último, hizo un llamado a los venezolanos que creen en el voto como institución, a activarse y organizarse, lo cual implica acciones como informarse, discutir y difundir los riesgos y peligros de este Proyecto de Ley, como al mismo tiempo asegurase de que las observaciones y recomendaciones sean tomadas en cuenta por la Asamblea Nacional, tal como lo establece el artículo 211 de la Constitución.
 

 
 

Asociación Civil Súmate | Twitter: @sumate