Parlamento debe publicar Memoria y Cuenta
2009 del CNE
DIPUTADOS DE LA AN DEBEN RENDIR CUENTA A SUS
ELECTORES
(Caracas,
19 de marzo 2010 / Nota de Prensa Súmate 321) -
Súmate
solicitó a la Asamblea Nacional hacer
pública la Memoria y Cuenta del Consejo
Nacional Electoral correspondiente al pasado
año 2009, en caso de ser cierta la
información extraoficial de que la misma fue
consignada a la Secretaría del parlamento
nacional. Al mismo tiempo, esta organización
ciudadana recordó a los parlamentarios que
como miembros del Poder Legislativo también
están obligados a dar cuenta anual de su
gestión ante los electores de la
circunscripción y del estado por los cuales
fueron elegidos, de acuerdo a lo establecido
en los artículos 66 y 197 de la Constitución
de nuestra República.
Dashiell
López, Coordinador de Contraloría Electoral
de Súmate, dijo que ante esta obligación
constitucional, consignaron una petición a
esa instancia legislativa el pasado 10 de
febrero de este año, solicitándole copia de
la rendición de cuenta anual de los
diputados que han debido realizar durante el
ejercicio de sus cargos de elección popular.
“Ya hemos enviado previamente cartas tanto a
la Asamblea Nacional y al CNE para que hagan
públicos sus Informes de Memoria y Cuenta
del año 2009 y las de los años anteriores.
Hasta la fecha no hemos recibido respuesta y
los ciudadanos no tenemos acceso a las
rendiciones de cuentas de los diputados.”
De acuerdo con
Súmate los diputados deberían dar el ejemplo
y ser los primeros en presentar y publicar
su informe de gestión anual ante los
electores de sus respectivos estados y
circunscripciones, así como lo deben hacer
ante esa instancia legislativa el Presidente
de la República y sus ministros, otros
poderes de la República y organismos de la
Administración Pública Nacional.
En relación
con la rendición de cuentas del CNE, López
expresó que el organismo electoral debe
explicar al país cómo administraron los
recursos asignados de forma ordinaria y
extraordinaria por la Asamblea Nacional para
la organización del Referendo sobre la
Enmienda Constitucional, que se llevó a cabo
el 15 de febrero de 2009; así como los
destinados a la organización de las
elecciones de Delegados del Partido
Socialista Unido de Venezuela (PSUV),
realizadas el 15 de noviembre de ese mismo
año; y las elecciones del sindicato
petrolero nacional del 1º de octubre de
2009. Además, planteó que el CNE debe
explicar por qué no fueron convocadas en
febrero del año pasado las elecciones de
Concejos Municipales y Juntas Parroquiales,
así como las del gobernador de Amazonas, y
de los alcaldes de Achaguas, en Apure;
Miranda, en Carabobo; Maracaibo, en el
Zulia, y Panamericano, en el Táchira, entre
otras, que debieron tener lugar en el
segundo semestre del pasado año.
De acuerdo con
el vocero de Súmate, el CNE ha dejado de
cumplir oportunamente con la entrega del
informe anual de su gestión desde el año
2005 hasta el 2008, presentándolo meses
después del lapso establecido, luego de que
el organismo electoral recibe la presión
ciudadana de la impugnación de dicha omisión
ante los tribunales, con lo cual ha venido
violentando el derecho ciudadano al acceso a
la información pública oportuna, garantizado
en el artículo 51 de la Constitución de la
República.
Como hasta la
fecha no han podido tener acceso a los
informes de la memoria y cuenta del CNE
correspondientes al año 2007, 2008 y ahora
de 2009, Dashiell López advirtió que el
ocultamiento y la negativa a entregar la
Memoria y Cuenta del CNE, es una violación a
nuestro ordenamiento jurídico,
específicamente al artículo 20 de la Ley
Contra la Corrupción que establece “…el
informe de rendición de cuentas
correspondiente será público y a él tendrá
acceso cualquier ciudadano…”
Por no cumplir
con esta disposición constitucional y legal,
según el vocero de Súmate, los directivos
del CNE pudieran están incursos en
responsabilidad administrativa, de acuerdo
al artículo 91 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República: “Sin
perjuicio de la responsabilidad civil o
penal, y de lo que dispongan otras leyes,
constituyen supuestos generadores de
responsabilidad administrativa los actos,
hechos u omisiones que se mencionan a
continuación. Ordinal 25. Quienes estando
obligados a rendir cuenta, no lo hicieren en
la debida oportunidad, sin justificación,
las presentaren reiteradamente incorrectas o
no prestaren las facilidades requeridas para
la revisión”.
Por último,
expresó que si el Consejo Nacional Electoral
desea regirse por el principio de
transparencia (artículo 294 de la
Constitución), debería ser el más interesado
en rendir cuentas ante el país de forma
oportuna, y lo que esperan los venezolanos
es que publique sus informes de Memoria y
Cuenta de los años 2009, 2008 y 2007.