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  Parlamento debe publicar Memoria y Cuenta 2009 del CNE
DIPUTADOS DE LA AN DEBEN RENDIR CUENTA A SUS ELECTORES

 (Caracas, 19 de marzo 2010 / Nota de Prensa Súmate 321) - Súmate solicitó a la Asamblea Nacional hacer pública la Memoria y Cuenta del Consejo Nacional Electoral correspondiente al pasado año 2009, en caso de ser cierta la información extraoficial de que la misma fue consignada a la Secretaría del parlamento nacional. Al mismo tiempo, esta organización ciudadana recordó a los parlamentarios que como miembros del Poder Legislativo también están obligados a dar cuenta anual de su gestión ante los electores de la circunscripción y del estado por los cuales fueron elegidos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 66 y 197 de la Constitución de nuestra República. 

Dashiell López, Coordinador de Contraloría Electoral de Súmate, dijo que ante esta obligación constitucional, consignaron una petición a esa instancia legislativa el pasado 10 de febrero de este año, solicitándole copia de la rendición de cuenta anual de los diputados que han debido realizar durante el ejercicio de sus cargos de elección popular. “Ya hemos enviado previamente cartas tanto a la Asamblea Nacional y al CNE para que hagan públicos sus Informes de Memoria y Cuenta del año 2009 y las de los años anteriores. Hasta la fecha no hemos recibido respuesta y los ciudadanos no tenemos acceso a las rendiciones de cuentas de los diputados.” 

De acuerdo con Súmate los diputados deberían dar el ejemplo y ser los primeros en presentar y publicar su informe de gestión anual ante los electores de sus respectivos estados y circunscripciones, así como lo deben hacer ante esa instancia legislativa el Presidente de la República y sus ministros, otros poderes de la República y organismos de la Administración Pública Nacional. 

En relación con la rendición de cuentas del CNE, López expresó que el organismo electoral debe explicar al país cómo administraron los recursos asignados de forma ordinaria y extraordinaria por la Asamblea Nacional para la organización del Referendo sobre la Enmienda Constitucional, que se llevó a cabo el 15 de febrero de 2009; así como los destinados a la organización de las elecciones de Delegados del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), realizadas el 15 de noviembre de ese mismo año; y las elecciones del sindicato petrolero nacional del 1º de octubre de 2009. Además, planteó que el CNE debe explicar por qué no fueron convocadas en febrero del año pasado las elecciones de Concejos Municipales y Juntas Parroquiales, así como las del gobernador de Amazonas, y de los alcaldes de Achaguas, en Apure; Miranda, en Carabobo; Maracaibo, en el Zulia, y Panamericano, en el Táchira, entre otras, que debieron tener lugar en el segundo semestre del pasado año.  

De acuerdo con el vocero de Súmate, el CNE ha dejado de cumplir oportunamente con la entrega del informe anual de su gestión desde el año 2005 hasta el 2008, presentándolo meses después del lapso establecido, luego de que el organismo electoral recibe la presión ciudadana de la impugnación de dicha omisión ante los tribunales, con lo cual ha venido violentando el derecho ciudadano al acceso a la información pública oportuna, garantizado en el artículo 51 de la Constitución de la República. 

Como hasta la fecha no han podido tener acceso a los informes de la memoria y cuenta del CNE correspondientes al año 2007, 2008 y ahora de 2009, Dashiell López advirtió que el ocultamiento y la negativa a entregar la Memoria y Cuenta del CNE, es una violación a nuestro ordenamiento jurídico, específicamente al artículo 20 de la Ley Contra la Corrupción que establece “…el informe de rendición de cuentas correspondiente será público y a él tendrá acceso cualquier ciudadano…” 

Por no cumplir con esta disposición constitucional y legal, según el vocero de Súmate, los directivos del CNE pudieran están incursos en responsabilidad administrativa, de acuerdo al artículo 91 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República: “Sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal, y de lo que dispongan otras leyes, constituyen supuestos generadores de responsabilidad administrativa los actos, hechos u omisiones que se mencionan a continuación. Ordinal 25. Quienes estando obligados a rendir cuenta, no lo hicieren en la debida oportunidad, sin justificación, las presentaren reiteradamente incorrectas o no prestaren las facilidades requeridas para la revisión”. 

Por último, expresó que si el Consejo Nacional Electoral desea regirse por el principio de transparencia (artículo 294 de la Constitución), debería ser el más interesado en rendir cuentas ante el país de forma oportuna, y lo que esperan los venezolanos es que publique sus informes de Memoria y Cuenta de los años 2009, 2008 y 2007. 

 
 

Asociación Civil Súmate | Twitter: @sumate