Por uso de recursos y bienes del Estado a
favor de su candidatura
SÚMATE RECHAZA DECISIÓN DE SALA PLENA DEL
TSJ QUE DESESTIMA DENUNCIA CONTRA EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
(Caracas, 6 de agosto 2012 - Nota de
Prensa Súmate 418) -
Súmate rechazó hoy la decisión de la Sala
Plena del Tribunal Supremo de Justicia con
fecha 17 de julio que desestima la Denuncia
Ciudadana que introdujo el 23 de noviembre
de 2011 ante la Fiscalía General de la
República con el fin de que se procediera a
investigar al Presidente de la República por
el presunto delito de uso de bienes y
recursos del Estado para su campaña por la
reelección.
En
esa oportunidad entregaron como prueba las
grabaciones de las 6 alocuciones
presidenciales explícitamente proselitistas
que ocurrieron en los meses de septiembre,
octubre y noviembre del pasado año, las
cuales fueron transmitidas por la plataforma
de medios públicos del Estado y en las
cuales se utilizaron instalaciones públicas,
entre ellas el Palacio de Miraflores;
contraviniendo lo dispuesto en los artículos
21.1, 67 y 145 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, los
artículos 13 y 18 de la Ley Contra la
Corrupción y los artículos 72 y 75 de la Ley
Orgánica de Procesos Electorales:
Un
contacto telefónico en el programa de
Opinión Toda Venezuela sobre
Construcción del Polo Patriótico y los
precandidatos, el jueves 29 de
septiembre de 2011;
Un
Programa Especial en el Lanzamiento del
Gran Polo Patriótico, el viernes 07 de
octubre de 2011, transmitido desde el
Palacio de Miraflores;
Un
Programa Especial en la Asamblea de
Patrulleros de Vanguardia del Partido
Socialista Unido de Venezuela (PSUV), el
sábado 08 de octubre de 2011;
Un
Programa Especial con el Presidente de
la República en Encuentro del Grupo
Promotor del Gran Polo Patriótico, el
jueves 13 de octubre de 2011;
Una Cadena
Nacional con el Presidente de la
República en Acto de Clausura del
Congreso de la Unidad de los
Trabajadores y Trabajadoras de la
Ciudad, el Campo y el Mar, transmitido
desde el Gimnasio Cubierto del
Polideportivo José María Vargas en La
Guaira, estado Vargas, el jueves 11 de
noviembre de 2011; y
Un
Programa Especial en la Concentración
del Gran Polo Patriótico. Movimientos
Sociales respaldan al Comandante Chávez,
el domingo 13 de noviembre de 2011.
El vocero de
esta organización ciudadana Ricardo Estévez,
luego de acudir a la sede de la Sala Plena,
informó que debido a que ésta no labora los
viernes y lunes, no pudieron tener acceso a
la copia de la sentencia bajo el número 39,
Expediente 2012-0001; sin embargo, explicó
que nunca fueron notificados del curso de la
investigación por parte de la Fiscalía
General de la República y las veces que
acudieron a esa sede del poder público les
fue negada la información sobre el estatus
de la misma, violando con ello los artículos
28, 49 y 51 de la Constitución de la
República, que garantizan el libre acceso a
la información pública, el debido proceso y
la petición, así como a recibir adecuada y
oportuna respuesta de los poderes públicos.
Ante las
declaraciones proporcionadas por la Fiscal
General de la República el pasado 25 de
julio de este año, en las que afirmó que su
despacho no ha recibido denuncia por
violaciones de las normas electorales y el
uso de bienes y recursos del Estado para las
campañas, Estévez dijo que cualquier
ciudadano puede introducir peticiones o
solicitudes ante cualquier autoridad
pública, de acuerdo con el artículo 51
constitucional anteriormente mencionado, y
por ello Súmate introdujo esta denuncia en
noviembre del año pasado, es decir, hace
ocho meses. Por último, expresó que la
solicitud de desestimación de esta denuncia
ciudadana contra el Presidente de la
República, ante el TSJ, por parte de la
Fiscalía General de la República, así como
la declaración con lugar de la misma por la
Sala Plena, pudiera ser otra prueba de la
subordinación de los poderes del Estado al
Ejecutivo Nacional, en vez de practicar las
diligencias necesarias sobre los hechos
denunciados, con el fin de establecer las
responsabilidades y oficiar a los organismos
competentes para establecer las
responsabilidades a que haya lugar.
Además, para
Estévez, si esta denuncia ciudadana hubiera
recibido respuesta oportuna y adecuada por
parte de la Fiscalía y la Sala Plena, se
hubiera evitado la situación de ventajismo
del Presidente de la República una vez que
comenzó oficialmente la campaña electoral.
Recuerda lo dispuesto en este particular por
el artículo 68 de la Ley Contra la
Corrupción: "El funcionario público
que abusando de sus funciones, utilice su
cargo para favorecer o perjudicar
electoralmente a un candidato, grupo,
partido o movimiento político, será
sancionado con prisión de un (1) año a tres
(3) años.”