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(Caracas, 29 Marzo de 2016- NPS 584) - El Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene plazo hasta el jueves 31 de marzo para seleccionar a los electores que deben apoyar la ejecución y vigilancia de las actividades que se requieren para la organización de las Elecciones de Gobernadores y Legisladores de Consejos Legislativos Estadales como de cualquier consulta refrendaria en 2016, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 97 y 98 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), y 50 la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE). Como en este mes finaliza el servicio obligatorio de los miembros de los Organismos Subalternos de la Junta Nacional Electoral escogidos en 2015 (el jueves 19 de marzo y el complementario del jueves 10 de septiembre), el CNE informó en nota de prensa publicada en su portal web el sábado 26 que este próximo jueves 31 de marzo procederá al sorteo público en forma automatizada para seleccionar a un millón 327 mil 596 electores con el fin de que asuman esta labor durante 2016, para el cual utilizará el corte del Registro Electoral de enero de este año. Además, el CNE precisó en nota de prensa del lunes 28 de marzo que escogerá a los integrantes para 40.920 Mesas de Votación, 319 más que las habilitadas para las pasadas Elecciones Parlamentarias del 6D, (aunque no precisa el número de electores para cada una de ellas, hasta el año pasado había asignado 12 miembros: 4 principales, 4 suplentes y 4 reserva); 24 Juntas Regionales, 2 Juntas Metropolitanas, 335 Juntas Municipales y 71 Juntas Parroquiales (18 electores para cada una de ellas: 1 presidente, 4 principales y 12 suplentes, y 1 secretario). Este contingente de electores escogido debe cumplir con el servicio electoral obligatorio por el lapso de un año, de acuerdo con lo previsto por los artículos 134 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), 97 de la LOPRE y 50 la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE).
¿Cuántos electores debe escoger el CNE para
las Juntas y Mesas Electorales? Por ello, es oportuno pronunciarnos que aunque la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y su Reglamento no indican el número exacto de electores que deba ser escogido para cada Mesa de Votación y Junta Electoral; no obstante, el artículo 98 de la LOPRE sí precisa que en el sorteo debe determinarse los integrantes que detentarán el cargo de un Presidente y un Secretario para cada una de las Juntas y Mesas Electorales. Además, aunque los artículos 50 y 51 del Reglamento General de la LOPRE estipulan que para cada organismo electoral subalterno debe escogerse Miembros Principales, Miembros Suplentes y Miembros de Reserva, según sea el caso; y el artículo 43 de la misma reglamentación indica con más claridad que para las Mesas de Votación debe escogerse además de los Miembros Principales y Suplentes, a Miembros de Reserva.
CNE debe explicar cómo cumplirá con la
notificación, formación y acreditación
Saber leer y escribir son las únicas
condiciones para integrar las Juntas y Mesas
Electorales
Electores deben verificar si resultaron
seleccionados
10 días para solicitar excepción
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