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Editorial Monitor Electoral Súmate Julio 2017

EL PUEBLO “CON SU VOZ SUPREMA” SE PRONUNCIÓ EN CONTRA DE LA FRAUDULENTA CONSTITUYENTE

* Es el momento cuando la República exige a los ciudadanos investidos o no de autoridad (artículo 333 constitucional), entre ellos los funcionarios públicos, a pronunciarse y actuar. En caso contrario, serán partícipes de la comisión del delito de la derogación de la Constitución por medios no previstos en ella. Y si se llega a realizar y constituir la ANC en fraude a la Constitución, el artículo 350 nos autoriza al desconocimiento de todas sus decisiones. 

(Caracas, 21 de Julio de 2017 - NPS 629) - Somos testigos de cómo el Proyecto Político que lidera el Presidente de la República se ha empeñado en realizar la elección de una Asamblea Nacional Constituyente (ANC) en menos de dos meses, sin importarle pasar por encima al pueblo de Venezuela, a la Constitución de la República y las leyes electorales; utilizando para ello todo el poder del Estado, con excepción de la Asamblea Nacional y la Fiscalía General de la República.  

Desde el 1° de mayo, cuando el Presidente de la República convocó a la ANC, hemos observado cómo la mayoría del directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE), conformada por 4 de los 5 rectores principales, que tiene la responsabilidad de organizar “…los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos…”, ha secundado el propósito de afianzar en el poder a este Proyecto Político, saltándose sin el menor rubor y escrúpulo alguno la ejecución obligatoria de algunas “…etapas, actos y actuaciones…” en todo proceso electoral, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (artículo 42), como fue el caso de prescindir de la publicación del Registro Electoral Preliminar y el lapso correspondiente para la impugnación del mismo. Cabe destacar que esta mayoría en el directorio del CNE también avaló con una celeridad inaudita la convocatoria y las bases comiciales, en ambos casos unas cuantas horas luego de haberlas recibido por el promotor de la iniciativa; lo cual contrasta con su respuesta a la solicitud de activación de otros “medios de participación protagónica y ciudadana” como fue el Referendo Revocatorio Presidencial en 2016, que además de imponerle toda clase de trabas y obstáculos posibles, decidió suspenderlo definitivamente el 20 de octubre de ese año. 

Ante esta convocatoria a la ANC en fraude a la Constitución de la República (artículo 347) y sin apoyo popular, la respuesta de la sociedad civil ha ido más allá del rechazo y desconocimiento de esta elección, utilizando para ello todos los medios establecidos en el ordenamiento jurídico. Cabe destacar la instrumentación de una Consulta Popular 16J, que fue convocada y organizada en unas tres semanas por la Asamblea Nacional (AN) y la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), bajo el amparo de los artículos 5, 70, 71 y 187.4 constitucionales.

 

El domingo 16 de este mes más de 7 millones y medio de venezolanos se pronunciaron en esta Consulta Popular en rechazo a la Constituyente, a pesar de las amenazas e intimidación del gobierno nacional, además del acto paralelo que organizó ese mismo día el CNE del simulacro de la elección de la ANC, con el aval de todo el poder del Estado.

 

Ante el contundente rechazo popular de los venezolanos dentro y fuera del país en la votación de la Consulta Popular 16J, la respuesta del Ejecutivo Nacional y la plana mayor del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) fue reiterar su posición de continuar con la estafa de su fraudulenta Constituyente, con el fin de permanecer en el poder, a pesar de haber obtenido otra prueba de que ya no cuentan con el respaldo de la mayoría de los venezolanos. Esta actuación también es contraria a lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 2.830 del 1 de mayo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.295, en el cual el Presidente de la República convoca a una Asamblea Nacional Constituyente “…para que nuestro pueblo, como depositario del Poder Constituyente Originario, con su voz suprema, pueda decidir el futuro de la patria…” Todos los poderes constituidos, entre ellos el promotor de esta iniciativa, saben que el pueblo, “con su voz suprema”, se pronunció en contra de esta fraudulenta Constituyente y a favor de la vigencia de la actual Constitución, sin entrar por el momento en la necesaria discusión de si el resultado de la Consulta Popular 16J es vinculante o no.

 

Ante la tozudez del gobierno nacional y los promotores de la Constituyente de llevar a cabo esta elección sin apoyo popular, es oportuno preguntar:

 

1.    ¿Por qué pretenden, urgentemente y a como dé lugar, imponer una ANC?

2.    ¿La ANC puede desconocer y eliminar a los poderes constituidos mientras delibera y acuerda la propuesta de una nueva Constitución?

3.    ¿Sigue vigente la Constitución y las leyes de la República durante el funcionamiento de una Asamblea Nacional Constituyente?

4.    ¿La Asamblea Nacional Constituyente puede asumir las funciones de la actual Asamblea Nacional?

5.    ¿Todos los poderes públicos de carácter nacional, estadal y  municipal siguen funcionando y se mantienen sus atribuciones y competencias?

 

Algunas de las respuestas a estas preguntas las podemos obtener de los diferentes y disímiles argumentos esgrimidos por los promotores de la Constituyente en sus vocerías en entrevistas y actos públicos. Aunque debemos advertir que las razones de la convocatoria a la Constituyente expresadas en el Decreto Presidencial N° 2.830, son muy diferentes y distan mucho de las argumentadas por ellos, en las que han amenazado con desaparecer a la actual Asamblea Nacional y someter a la Fiscalía General de la República, el primero bajo el control de la oposición y el segundo por el chavismo disidente.

 

Cuando estamos a menos de dos semanas de la elección a esta ANC, convocada al margen de la Constitución y la Ley Orgánica de Procesos Electorales, consideramos que el Presidente de la República y los poderes que lo secundan todavía están a tiempo de ponerse a derecho y escuchar al pueblo, que no quiere Constituyente. Lo que quiere el pueblo es que cumplan con la Constitución y le garanticen los derechos a la vida, alimentación, salud, trabajo, seguridad personal, entre otros. 

En el caso de que el Presidente de la República y los poderes del Estado que lo secundan insistan, como hasta ahora lo han hecho, en llevar a cabo la estafa de la fraudulenta Constituyente, la respuesta del pueblo de Venezuela debe ser su desconocimiento, amparado en el artículo 25 del texto constitucional que nos obliga a oponernos a la misma, al expresar queTodo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo…” Adicionalmente advierte a todos los funcionarios públicos que se presten para esta violación y ejecución fraudulenta de la ANC que “…incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.”  

Como la Constituyente fue convocada de una forma diferente al previsto en la Constitución, el artículo 333 conmina “…a todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad…” a ejercer todas las acciones posibles para el restablecimiento de la vigencia constitucional. Es el momento cuando la República exige a los ciudadanos investidos o no de autoridad, entre ellos los funcionarios públicos, a pronunciarse y actuar. En caso contrario, serán partícipes de la comisión del delito de la derogación de la Constitución por medios no previstos en ella. Y si se llega a realizar y constituir la ANC en fraude a la Constitución, el artículo 350 constitucional nos autoriza al desconocimiento de todas sus decisiones.

 

…Construimos Democraciaa

 
 

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