La
Asamblea Nacional hoy vigente, fue elegida en el proceso
electoral que se llevó a cabo el 26 de septiembre de
2010. Estos diputados asumieron sus cargos el 5 de enero
de 2011, adquiriendo el compromiso no sólo de
representar a la población de las circunscripciones por
las cuales resultaron electos, sino de ser garantes de
los derechos establecidos en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y demás leyes,
y que son el escudo y defensa de un pueblo frente a las
arbitrariedades del Poder Ejecutivo Nacional, que tiene
confiscado al resto de los poderes.
Este
período constitucional de los actuales 164 diputados de
la AN se extiende hasta el 5 de enero de 2016, siempre
con la opción de ser reelectos para 5 años más. Es por
esto que se hace aun más necesaria una evaluación a sus
respectivas gestiones, analizando el papel que llevaron
a cabo desde el inicio de su período 2011 hasta este año
2015, y que permitirá a cada elector decidir si debe
reelegirlo o no en las elecciones que deben ocurrir a
más tardar en la primera quincena del mes de diciembre
de este año.
En cada una de nuestras publicaciones del Monitor
Parlamentario, Súmate ha evidenciado un desempeño muy
deficiente, por no decir nulo, por parte de los
diputados de la Asamblea Nacional. El 2014 no fue la
excepción, en el que finalizó otro período de sesiones
sin resultados que rescaten la reputación del Poder
Legislativo Nacional, con apenas 17 leyes sancionadas,
que en su mayoría no responde a las necesidades del
pueblo. Por ejemplo: la Ley de Registro y Alistamiento
para la Defensa Integral de la Nación (11-02-14); la Ley
de Condecoración Medalla Honor al Mérito de la
Defensoría Pública Militar (01-04-14); la Ley de
Creación de la Condecoración Orden “Fabricio Ojeda”
(21-10-14); la Ley de Protección al Nombre y Emblema de
la Cruz Roja (18-12-14); y la Ley de Calidad de Aguas y
Aire (18-12-14), entre otras.
Y es que desde que los diputados de esta gestión 05 de
Enero de 2011- 04 de Enero de 2016 se juramentaron, se
ha ido destruyendo la Institucionalidad de la Asamblea
Nacional, desvirtuando su razón de ser y dejando en
evidencia que responde a las órdenes del Ejecutivo
Nacional y de la élite del Partido Socialista Unido de
Venezuela (PSUV). Recordemos que el 15 de junio de 2012,
finalizó el período otorgado para la Ley Habilitante al
entonces Presidente de la República, Hugo Chávez, que
tenía como objetivo, atender “las continuas
necesidades humanas (…) y otros eventos producidos por
la problemática ambiental” según Gaceta
Extraordinaria del 17 de diciembre de 2010. Ahora bien,
ésta concluyó con un total de 54 leyes en 18 meses, de
las cuales 11 fueron sancionadas el último día,
instrumentos legales que no estaban dentro de la
finalidad para la cual fue otorgada la Habilitante.
Esto se tradujo en una inactividad del órgano
legislativo, debido a la usurpación del Poder Ejecutivo
en la principal función de la Asamblea Nacional: “Legislar
en las materias de la competencia nacional”, y peor
aún, fue el mismo órgano legislativo, quien le dio esta
potestad al Presidente de la República.
A esto debe sumarse otra Ley
Habilitante, esta vez otorgada al actual Presidente,
Nicolás Maduro, la cual fue aprobada el 19 de noviembre
de 2013, para legislar en materia económica y de
corrupción, con una mayoría oficialista de 99 diputados
que se logró allanándole la inmunidad a la parlamentaria
nominal por el estado Monagas, María Aranguren.
Sin embargo, esta última Ley
Habilitante otorgada por la mayoría oficialista de la
Asamblea Nacional fue un acto inconstitucional, pues
establece que a través de decretos, el Ejecutivo podrá “fortalecer
los mecanismos de sanción penal, administrativa, civil y
disciplinaria” (según Gaceta Extraordinaria
N°6.112), lo cual pertenece al ámbito de reserva legal,
es decir, que solamente se pueden establecer sanciones y
tributos mediante la creación de leyes emanadas del
órgano legislativo.
A su vez, las leyes orgánicas tampoco pueden ser
dictadas por el Ejecutivo Nacional, ya que el proceso
de formación de éstas es de carácter excepcional, pues
exige incluso una mayoría calificada en la AN, y esto se
debe a la importancia que poseen dentro del ordenamiento
jurídico ya que organizan a los poderes públicos,
desarrollan derechos constitucionales y sirven de marco
normativo para otras leyes.
Como puede observarse de lo anteriormente expuesto, para
el Presidente Nicolás Maduro no existieron límites a la
hora de dictar leyes, y para la Asamblea Nacional no
existieron controles ante semejante arbitrariedad. El
Estado de Derecho es inexistente para ambos.
El 2015 será el año en el que se llevará a cabo un nuevo
proceso electoral con la finalidad de que los electores
elijan a sus diputados, quienes tendrán el deber de
elevar en el hemiciclo, las necesidades de los sectores
a los cuales representen y de hacer valer los derechos
de los ciudadanos, pues su razón de ser es el de limitar
al poder Ejecutivo, y servir de garante al Estado de
Derecho.